REGLAMENTO DE TÍTULOS INTERNACIONES DE LA
FEDERACIÓN MUNDIAL DE AJEDREZ (F.I.D.E.)
0.0 INTRODUCCIÓN
0.1 La FIDE solamente reconoce los títulos de ajedrez que hayan sido adquiridos de acuerdo con la reglamentación establecida.
0.2 La siguiente reglamentación podrán ser modificadas por la Asamblea General por recomendación de la Comisión de Calificación.
0.21 Cualquier cambio surtirá efecto a partir del 1º de Julio del año siguiente a la decisión de la Asamblea General. Para torneos, tales cambios serán aplicables a aquellos que comiencen a partir de dicha fecha.
0.3 Los títulos internacionales de la FIDE son:
0.31 Títulos para el ajedrez sobre el tablero, que serán juzgados por la Comisión de Calificación de la FIDE:
Gran Maestro (GM), Maestro Internacional (MI), Maestro de la FIDE (MF), Gran Maestro Femenino (GMF), Maestro Internacional Femenino (MIF), Maestro de la FIDE Femenino (MFF), Gran Maestro Honorario (GMH) y Gran Maestro Femenino Honorario (GMFH).
0.311 Experto en Ajedrez Rápido.
0.32 Arbitro Internacional, que será juzgado por la Comisión de Árbitros de la FIDE1.
0.33 Organizador Internacional, que será juzgado por la Comisión de Calificación de la FIDE.
0.34 Títulos para el ajedrez de composición, que serán juzgados por la Comisión Permanente de la FIDE para la Composición en Ajedrez (PCCC).
0.35 Títulos para el ajedrez por correspondencia, que serán juzgados por la Federación Internacional de Ajedrez por Correspondencia (ICCF).
0.36 Maestro Honorario de Problemas de Ajedrez, que será juzgado por la Comisión de Ajedrez de Problemas.
0.37 Título de Instructor de Ajedrez, que será juzgado por la Comisión de Calificación de la FIDE.
0.38 Títulos otorgados por otras actividades meritorias distintas al juego practico. Tales títulos deberán ser otorgados por la Asamblea General.
0.4 Los títulos serán validos de por vida debe la fecha en que sean concedidos o registrados.
0.41 El uso de títulos o clasificaciones FIDE vulnerando los principios éticos del título o del sistema de clasificación puede suponer la revocación de su título bajo recomendación de la Comisión de Calificación y decisión final de la Asamblea General.
0.5 Los títulos concedidos bajo 0.61 y 0.62 son registrados por el Presidente de la FIDE. Otros títulos serán concedidos por la Asamblea General bajo recomendación de la comisión encargada de juzgar cuando el candidato cumple los requisitos. El Consejo Ejecutivo puede conceder títulos bajo 0.31 y 0.32 solamente en los casos claros. Las Comisiones calificadoras deben guiarse por el principio de que actuaciones equivalentes son requeridos para iguales títulos.
0.51 Para 0.35, la ICCF juzgará y otorgará títulos; después de la recepción del informe de la adjudicación, la Asamblea General confirma el título.
0.6 Títulos registrados
0.61 Títulos adquiridos de acuerdo con los resultados obtenidos en ciertas competiciones (Torneos y encuentros). Secciones 1.12, 1.13, 1.22, 1.23, 1.24, 1.25, 1.26, 1.32, 1.33, 1.34, 1.42, 1.43, 1.52, 1.53, 1.54, 1.55, 1.62 y 1.63.
0.62 Títulos adquiridos consiguiendo una clasificación basada en todos los resultados obtenidos, de la forma establecida más adelante en este Reglamento. Secciones 1.31 y 1.61.
0.7 Los miembros de la Comisión de Calificación son :
0.71 Elegidos por la Asamblea General por el mismo periodo de mandato que el presidente de la FIDE: Un presidente, un vicepresidente, un secretario y 5 expertos.
0.72 Los miembros de oficio son :
El presidente de la FIDE, si no es presidente de la Comisión, los Presidentes Adjuntos de la FIDE, los Vicepresidentes de la FIDE, los Presidentes de Zona de la FIDE y el Administrador del Sistema de Clasificación de la FIDE.
0.73 Generalmente, la Comisión toma sus decisiones en la sesión inmediatamente precedente a la apertura de la Asamblea General. Si está ausente, un Presidente Zonal puede delegar en un representante.
0.74 Excepto que este estipulado de otra forma en este Reglamento, las votaciones serán efectuadas de acuerdo con los artículos 4.7, 4.8 y 4.9 de los Estatutos de la FIDE.
0.75 En casos excepcionales, la Comisión puede recomendar un título votando por correspondencia.
1.0 REQUISITOS PARA LOS TÍTULOS LISTADOS EN 0.31
1.1 Gran Maestro : Se obtiene adquiriendo algo de lo siguiente:
1.11 Dos o más resultados de Gran Maestro en Torneos que cubran, al menos, 24 partidas (30 partidas sin un Torneo sistema Liga o una Olimpiada) y una clasificación de, al menos, 2500 en la Lista de Clasificación FIDE en vigor en el momento en que el Congreso de la FIDE considere la aplicación o dentro de los siete años posteriores a la consecución del primer resultado (ver 1.7, 10.10).
1.12 Calificación para la competición de Candidatos para el Campeonato Mundial.
1.13 Un resultado de Gran Maestro en un torneo interzonal de la FIDE.
1.14 Vencer en el encuentro por el Campeonato Mundial Femenino.
1.15 Primera plaza en solitario en el Campeonato Mundial Juvenil.
1.16 Un empate en la primera plaza en el Campeonato Mundial Juvenil es equivalente a un resultado de Gran Maestro de 9 partidas.
1.17 Una primera plaza en solitario en los Campeonatos Juveniles Continentales es equivalente a un resultado de Gran Maestro de 9 partidas.
1.18 Una primera plaza en solitario en el Torneo de Candidatos Femenino es equivalente a un resultado de Gran Maestro de 9 partidas.
1.19 Un resultado de Gran Maestro de 13 partidas en una Olimpiada será valido para la total concesión del título.
1.2 Maestro Internacional : Se obtiene adquiriendo algo de lo siguiente:
1.21 Dos o más resultados de Maestro Internacional en Torneos que cubran, al menos, 24 partidas (30 partidas sin un Torneo sistema Liga o una Olimpiada) y una clasificación de, al menos, 2400 en la Lista de Clasificación FIDE en vigor en el momento en que el Congreso de la FIDE considere la aplicación o dentro de los siete años posteriores a la consecución del primer resultado (ver 1.7).
1.22 Primera plaza en solitario en uno de los siguientes Torneos :
- Torneo de Candidatos Femenino.
- Torneo Zonal.
- Campeonato Individual Continental.
- Campeonato Individual Juvenil Continental.
- Campeonatos Arabes Individual y Juvenil
- Campeonato Juvenil Caribe-Centroamerica.
- Campeonato Mundial Sub-18.
- Campeonato Mundial de la Asociación Internacional de Ajedrez Braille (IBCA) (al campeón le será concedido un clasificación de 2205).
- Campeón Mundial del Comité Internacional de Ajedrez Silencioso.
1.221 En el caso de un empate en la primera plaza en cualquiera de los Torneos indicados en 1.22, a cada uno de los jugadores empatados se le otorgará el título de Maestro Internacional, hasta un máximo de 3 jugadores.
1.23 Los tres primeros clasificados en el Campeonato Mundial Junior deben recibir el titulo de Maestro Internacional.
1.24 Calificación para el Torneo Interzonal del ciclo del Campeonato Mundial.
1.25 Un resultado de Maestro Internacional de no menos de 13 partidas en el ciclo del Campeonato del Mundo Individual. Cuando un Torneo se juega con preliminares y finales, los resultados serán agrupados.
1.26 Una puntuación del 66 2/3 % o mejor en un Torneo Zonal de al menos 9 partidas. Cuando el Torneo se juega con preliminares y finales, los resultados serán agrupados.
1.27 La primera plaza en solitario en el Campeonato Mundial Sub-16 y en los Campeonatos Continentales Sub-18 y Sub-16 equivalen a un resultado de Maestro Internacional de 9 partidas.
1.28 Un resultado de Maestro Internacional de 13 partidas en una Olimpiada será valida para la total concesión del título.
1.3 Maestro de la FIDE : Se obtiene adquiriendo algo de lo siguiente:
1.31 Una clasificación de, al menos, 2300 después de que el jugador haya jugado, al menos, 24 partidas registradas. La Federación Nacional es responsable del pago de los derechos establecidos en el Reglamento financiero, sobre la cual el título será expedido.
1.32 Primera plaza en uno de los siguientes Torneos :
- Campeonatos Mundiales desde Sub-10 a Sub-16.
- Campeón Mundial Juvenil de la IBCA2, entrando con una clasificación de 2205.
1.33 Primera plaza en uno de los siguientes Torneos :
- Campeonatos Continentales Sub-10, 12, 14, 16 y 18.
- Campeonatos Arabes Sub-10, 12, 14, 16 y 18.
1.331 En el caso de un empate en la primera plaza en cualquiera de los Torneos indicados en 1.33, a cada uno de los jugadores empatados se le otorgará el título de Maestro de la FIDE, hasta un máximo de 3 jugadores.
1.34 Una puntuación del 50 % o más en un Torneo Zonal de, al menos, 9 partidas. Cuando el Torneo sea jugado en preliminares y finales, los resultados serán agrupados.
1.35 Subcampeón del Campeonato del Mundo de la IBCA, entrando con una clasificación de 2205.
1.4 Gran Maestro Femenino : Se obtiene adquiriendo algo de lo siguiente:
1.41 Dos o más resultados de Gran Maestro Femenino en Torneos que cubran, al menos, 24 partidas (30 partidas sin un Torneo sistema Liga o una Olimpiada) y una clasificación de, al menos, 2300 en la Lista de Clasificación FIDE en vigor en el momento en que el Congreso de la FIDE considere la aplicación o dentro de los siete años posteriores a la consecución del primer resultado (ver 1.7).
1.42 Calificación para la competición de Candidatos para el Campeonato Mundial Femenino.
1.43 Un resultado de Gran Maestro Femenino en el ciclo del Campeonato del Mundo Femenino, de no menos de 13 partidas. Cuando el Torneo sea jugado con preliminares y finales, los resultados serán agrupados.
1.44 Primera plaza en solitario en el Campeonato Mundial Juvenil Femenino.
1.45 Un empate en la primera plaza en el Campeonato Mundial Juvenil Femenino es equivalente a un resultado de Gran Maestro Femenino de 9 partidas.
1.46 Una primera plaza en solitario en los Campeonatos Juveniles Continentales Femeninos es equivalente a un resultado de Gran Maestro Femenino de 9 partidas.
1.47 Un resultado de Gran Maestro Femenino de 13 partidas en una Olimpiada será valido para la total concesión del título.
1.5 Maestro Internacional Femenino : Se obtiene adquiriendo algo de lo siguiente:
1.51 Dos o más resultados de Maestro Internacional Femenino en Torneos que cubran, al menos, 24 partidas (30 partidas sin un Torneo sistema Liga o una Olimpiada) y una clasificación de, al menos, 2200 en la Lista de Clasificación FIDE en vigor en el momento en que el Congreso de la FIDE considere la aplicación o dentro de los siete años posteriores a la consecución del primer resultado (ver 1.7).
1.52 Calificación para el Torneo Interzonal del ciclo del Campeonato Mundial Femenino.
1.53 Primera plaza en uno de los siguientes Torneos :
- Campeonato Individual Continental Femenino.
- Campeonato Árabe Femenino.
- Campeonato Mundial Femenino Sub-18.
- Campeonatos Continentales Femeninos Sub-20.
1.531 En el caso de un empate en la primera plaza en cualquiera de los Torneos anteriores, a cada uno de las jugadoras empatadas se le otorgará el título de Maestro Internacional Femenino, hasta un máximo de 3 jugadoras.
1.54 Las tres primeras clasificadas en el Campeonato Mundial Femenino Sub-20 deben recibir el titulo de Maestro Internacional Femenino.
1.55 Un resultado de Maestro Internacional Femenino de no menos de 13 partidas en el ciclo del Campeonato del Mundo Individual Femenino. Cuando un Torneo se juega con preliminares y finales, los resultados serán agrupados.
1.56 Una puntuación del 66,66 % o mejor en un Torneo Zonal del Campeonato Mundial Femenino de, al menos, 9 partidas. Cuando el Torneo se juega con preliminares y finales, los resultados serán agrupados.
1.57 La primera plaza en solitario en el Campeonato Mundial Femenino Sub-16 y en los Campeonatos Continentales femeninos Sub-18 y Sub-16 equivalen a un resultado de Maestro Internacional Femenino de 9 partidas.
1.58 Un resultado de Maestro Internacional Femenino de 13 partidas en una Olimpiada será valida para la total concesión del título.
1.6 Maestro de la FIDE Femenino : Se obtiene adquiriendo algo de lo siguiente:
1.61 Una clasificación de, al menos, 2100 después de que el jugador haya jugado, al menos, 24 partidas registradas. La Federación Nacional es responsable del pago de los derechos establecidos en el Reglamento financiero, sobre la cual el título será expedido.
1.62 Primera plaza en uno de los siguientes Torneos :
- Campeonatos Mundiales Femeninos desde Sub-10 a Sub-16.
- Campeonatos Continentales Femeninos.
- Campeonatos Arabes Femeninos.
- Campeonatos Continentales Femeninos desde Sub-10 a Sub-18.
- Campeona Mundial Femenina de la IBCA, entrando con un clasificación de 2005.
1.621 En el caso de un empate en la primera plaza en cualquiera de los Torneos anteriores, a cada uno de los jugadores empatados se le otorgará el título de Maestro de la FIDE Femenino, hasta un máximo de 3 jugadores.
1.63 Una puntuación del 50 % o más en un Torneo Zonal Femenino de, al menos, 9 partidas. Cuando el Torneo sea jugado en preliminares y finales, los resultados serán agrupados.
1.7 Para los jugadores a los que se confiere el título de Gran Maestro, Maestro Internacional, Gran Maestro Femenino y Maestro Internacional Femenino condicionado a la obtención de una clasificación mínima dentro de los siete años posteriores a la consecución del primer resultado para título, un jugador que alcance la clasificación mínima en el medio de un periodo de clasificación (incluso en el medio de un torneo) puede separar los resultados de los torneos siguientes para el propósito de la aplicación del título.
1.8 Requisitos para los títulos de Ajedrez Rápido : Son establecidos por la Comisión FIDE de Ajedrez Rápido3.
2.0 REQUISITOS PARA LOS TITULOS INDICADOS EN 0.32 Y 0334
2.1 Requisitos para el título de Arbitro Internacional .
Todos los siguientes :
2.11 Completo conocimiento del las Leyes del Ajedrez y de los Reglamentos de la FIDE para las competiciones de ajedrez.
2.12 Absoluta objetividad, demostrada en todas las ocasiones durante su actividad como árbitro.
2.13 Suficiente conocimiento de, al menos, una lengua oficial de la FIDE5.
2.14 Experiencia como arbitro principal o adjunto en, al menos, cuatro Torneos clasificados por la FIDE como los siguientes :
(a) La final del Campeonato Nacional Individual Absoluto (no mas de dos).
(b) Todos los torneos oficiales de la FIDE y encuentros.
(c) Torneos Internacionales para títulos y encuentros.
(d) Festivales Internacionales de Ajedrez con, al menos, 100 participantes.
(e) Para solicitantes de federaciones que no organicen ningún torneo incluido en los epígrafes (a) a (d) anteriores, las cuatro competiciones pueden no ser clasificadas por la FIDE con tal de que el solicitante haya pasado un examen ante la Comisión de Árbitros.
2.15 Los informes que amparen una aplicación para el título de Arbitro Internacional deben ser realizados en torneos con fechas de comienzo dentro de un periodo de cinco años, y la aplicación debe ser remitida no más tarde del segundo congreso de la FIDE después de la fecha del último torneo incluido.
2.2 Requisitos para el título de Organizador Internacional .
Todos los siguientes :
2.21 Experiencia en la organización de competiciones de ajedrez.
2.22 Suficiente conocimiento de, al menos, una lengua oficial de la FIDE6.
2.23 Experiencia como organizador en, al menos, cinco Torneos de, como mínimo, dos tipos diferentes, que hayan sido registrados por la FIDE de acuerdo con B.037; o
Experiencia como organizador de, al menos, dos tipos diferentes de competiciones FIDE.
2.24 Los informes que amparen una aplicación para el título de Organizador Internacional deben ser realizados en torneos con fechas de comienzo dentro de un periodo de seis años, y la aplicación debe ser remitida no más tarde del segundo congreso de la FIDE después de la fecha del último torneo incluido.
2.3 Requisitos para el título de Instructor de la FIDE.
2.31 Todo lo siguientes:
• El candidato debe de ser presentado por una Federación nacional.
• Curriculum vitae con evidencia de experiencia practica en el campo.
• Certificación de actividad actual de un mínimo de tres años de trabajo (en federación nacional o local).
2.32 Dos de los siguientes tres requisitos:
• Clasificación Internacional.
• Educación de segundo nivel.
• Certificados de asistencia a no menos de tres seminarios, congresos o similares de la FIDE (o nacionales registrados en la FIDE).
3.0 REQUISITOS PARA LOS TÍTULOS DE AJEDREZ DE COMPOSICIÓN.
Son establecidos por los Reglamentos de la PCCC8 de la FIDE.
4.0 REQUISITOS PARA LOS TÍTULOS DE AJEDREZ POR CORRESPONDENCIA.
Son establecidos por los Reglamentos de la ICCF9.
5.0 REQUISITOS PARA LA ADMINISTRACIÓN DE TORNEOS INTERNACIONALES PARA TÍTULOS
5.1 Las siguientes regulaciones son los requisitos para Torneos donde pueden ser obtenidos resultados para títulos de acuerdo con los artículos 1.11, 1.21, 1.41 y 1.51.
5.2 Las regulaciones que cubren la clasificación de estos Torneos están en B.0210.
5.3 Los torneos deben ser dirigidos por las Leyes del Ajedrez de la FIDE y las Reglas de Juego.
5.4 No deben jugarse más de dos rondas diarias. Para que un resultado de Gran Maestro sea valido, no deben jugarse más de dos rondas diarias dos días y no más de una ronda por día en las tres últimas rondas.
5.5 La velocidad de juego no puede exceder de 46 jugadas en dos horas en la primera parte de la partida excepto que un control final de tiempo a muerte súbita (Juego rápido a caída de bandera) de, al menos, 30 minutos puede ser utilizado en torneos con duración de, al menos, siete horas.
Con relojes electrónicos, la velocidad de juego no puede exceder 46 jugadas en 2 horas en cualquier etapa de la partida y un tiempo adicional de, al menos, 15 segundos sea añadido para cada jugada desde la jugada 1.
La velocidad de juego de 40 jugadas en dos horas seguido de todas las jugadas en una hora es permitida para resultados de titulo. No obstante, solamente uno de estos resultados puede ser usado en apoyo de una aplicación.
5.6 La competición debe de ser jugada en un periodo de 90 días.
5.61 Puede hacerse una excepción para ligas que se desarrollen en un periodo mayor de 90 días. La lista de clasificación efectiva al comienzo de la competición será utilizada para propósitos de título.
5.7 El Torneo debe ser conducido, si es posible, por un Arbitro Internacional.
6.0 REGULACIONES RELATIVAS AL REGISTRO DE TORNEOS PARA TITULO
Como en B.03.
7.0 REGULACIONES RELATIVAS A LA REMISIÓN DE INFORMES DE TORNEOS PARA TÍTULOS
7.1 En las dos semanas siguientes al final del Torneo, el Arbitro Principal de un Torneo registrado por la FIDE o el Oficial de Clasificación de la Federación debe enviar un informe de clasificación sobre el torneo por correo aéreo certificado a la Secretaria de la FIDE. Debe estar certificado por él como un informe correcto. El informe debe cumplir con los procedimientos de información descritos en el artículo 11 de B.02. La FIDE cargará a la Federación organizadora una multa adicional de 100 francos suizos por los informes retrasados.
7.11 Para un Torneo que no haya sido registrado anteriormente en la FIDE, solamente la Federación del país donde se haya jugado el Torneo puede enviarlo.
7.12 El final de un Torneo es la fecha de la última ronda y la fecha de envío será determinada por el matasellos.
7.13 Si el Administrador del Sistema de Clasificación de la FIDE encuentra que el informe es defectuoso hasta el punto de que debe ser devuelto para su corrección, el informe corregido será remitido a la Secretaría dentro de las cuatro semanas de la fecha indicada por el Administrador. No realizar esto será suficiente para que el torneo no sea informado para clasificación.
7.2 De acuerdo con 7.1, el Arbitro Principal debe preparar un certificado por triplicado de los resultados para títulos conseguidos. Una copia se enviará a la Federación del jugador, una copia a la FIDE y una copia a la Federación organizadora.
7.3 Los informes enviados con más de un periodo de clasificación de retraso no serán aceptados para propósitos de clasificación o títulos.
7.4 Las federaciones que remitan informes de clasificación de torneos de categoría 7 o superior deberán remitir todas las partidas jugadas en el torneo junto con el Informe. Las partidas pueden ser remitidas en papel o, preferiblemente, en un formato electronico estandar de bases de datos de ajedrez.
8.0 COMPOSICION DE UN TORNEO PARA TÍTULOS
8.1 El Torneo consiste en el jugador y sus oponentes.
8.11 Las partidas jugadas contra oponentes que no pertenecen a federaciones afiliadas a la FIDE o que pertenecen a federaciones que hayan sido temporalmente excluídas11 no serán incluidas.
8.12 Las partidas jugadas contra computadoras no serán incluídas.
8.13 Las partidas decididas por incomparecencia, adjudicación u otra forma diferente del juego sobre el tablero no serán incluídas. Las partidas que hayan sido inciadas, en la que se haya incomparecido por cualquier razón, pueden ser incluídas.
8.2 El Torneo debe tener, al menos, 9 rondas.
8.3 Al menos, el 80 % de los jugadores deberá estar clasificado.
8.31 Los jugadores no clasificados serán considerados como clasificados con 2000.
8.32 Un jugador puede ignorar su resultado(s) contra cualquier oponente al que haya derrotado, siempre que esto le mantenga con, al menos, 9 partidas. En cualquier caso, deberá remitirse el cuadro completo del Torneo.
8.33 En los Torneos Zonales, el limite del 20% de jugadores no clasificados será ..... En los Torneos Zonales del Campeonato Mundial Absoluto, cada jugador no clasificado será considerado con una clasificación de 2100 (ver 8.31). En los Torneos Zonales del Campeonato Mundial Femenino, cada jugadora no clasificada será considerada con una clasificación de 2000
8.4 Al menos, el 50 % de los jugadores individuales deberán ser títulados de acuerdo con 0.31 (pero no 0.311) o jugadores con una clasificación actual igual o superior a 2300 (2100 para resultados de GMF o MIF en torneos exclusivamente para mujeres).
8.5 Al menos, un tercio de jugadores no deberán ser de la misma federación que el candidato. Esto es, en un torneo de 9 rondas, hay 10 jugadores incluyendo el candidato de los que, al menos, 4 oponentes deben ser de federaciones diferentes de la suya (excepcion – ver 8.8).
Esta regla se aplica tambien en Torneo por Sistema Scheveningen.
8.6 Excepto para Torneos por Sistema Scheveningen entre federaciones y torneos zonales de una sóla fedración, al menos, estarán representadas tres federaciones diferentes (excepción para jugadores, pero no para torneos – ver 8.8 y 8.9)
8.7 Para un jugador que no pertenezca a la federación organizadora, el requisito de 8.5 es: No más de dos tercios + 1 no pertenecerán a la misma federación.
Ejemplo 9 rondas: ([2x10]+1)/3 ,esto es, 7 y para 13 rondas ([2x13]+1)/3, esto es, 10. (excepcion – ver 8.8).
.............
8.8 Los torneos por sistema suizo estarán exentos de los requisitos de las secciones 8.5, 8.6 y 8.7 siempre que haya en el torneo al menos 20 jugadores extranjeros clasificados por la FIDE, de al menos tres federaciones diferentes, 10 de los cuales deberán tener títulos de GM o MI.
8.8w Para aplicaciones de títulos femeninos, los torneos por sistema suizo estarán exentos de los requisitos de las secciones 8.5, 8.6 y 8.7 siempre que haya en el torneo al menos 20 jugadores extranjeros clasificados por la FIDE, de al menos tres federaciones diferentes, 10 de los cuales deberán tener títulos FIDE (o tener clasificación igual o superior a 2300) .
8.9 Cada año, el campeonato nacional masculino y el campeonato nacional femenino (esto indica solo la final y excluye todas las fases preliminares) pueden ser considerados como torneos internacionales para títulos (no aplicandose 8.5, 8.6 y 8.7) siempre que el torneo sea registrado con antelación12.
Las Ligas y campeonatos nacionales por equipos pueden tambien ser contadas como torneos internacionales para títulos si cumple todos los requisitos normales o si cumplen los requisitos de 8.8 y son registrados con antelación.
Las solicitudes para títulos realizadas exclusivamente sobre resultados de estos torneos no serán aceptadas.
DETERMINACION DE LA MEDIA DE CLASIFICACION PARA UN RESULTADO PARA TITULO (Norma)
9.1 En Torneos por Sistema Round-Robin, el promedio de clasificación para propósitos de título será determinado antes del comienzo de la competición.
9.2 En Torneos por Sistema Suizo, Scheveningen o por equipos, el promedio de clasificación para propositos de título se determinará despues de que todos los oponentes de los jugadores sean establecidos. Un candidato, entonces, puede considerarse a sí mismo y a todos sus oponentes como en un torneo Round-Robin a estos efectos.
9.21 En el caso de aplicaciones para cualquier título de Gran Maestro, el jugador puede indicar que un resultado aparentemente inadecuado (de acuerdo con la Tabla de Resultados por Categoría) es correcto si cumple los requisitos de Resultados de Actuación (esto es, una actuación de 2600 ó más para GM). Con respecto a este calculo, un jugador puede elegir entre incluirse o no a sí mismo para el calculo del promedio del Torneo.
9.3 Jugadores no clasificados son considerados como clasificados con 2000.
9.1/2/3 En torneos por sistema Round-Robin, los resultados contra jugadores no clasificados que no puntuan13 no serán incluidos para calcular normas para títulos.
9.4 Un GM de edad igual o superior a 55 años, que en el pasado se haya clasificado, al menos, para las Semifinales del Torneo de Candidatos, será asignado con un Rating Honorario temporal. Solamente un jugador en un torneo puede ostentar esta asignación. El Rating Honorario será igual a la media de los otros participantes. Esta será valida entonces para el calculo de la categoría del Torneo y los cambios de clasificación14 de los otros participantes. No obstante, al GM con el Rating Honorario le será calculado su cambio de clasificación en la forma normal.
10.0 REGULACIONES REFERIDAS A LOS RESULTADOS PARA TITULOS Y LAS ASIGNACIONES DE LOS TITULOS.
10.1 Resultados para GM en torneos con menos de 3 GM individuales no son válidos15.
10.2 Resultados para GMF en torneos con menos de los siguientes no son válidos: GM, MI, GMF o jugadores clasificados con 2300 ó superior.
10.3 Resultados para GM en torneos con menos de 3 MI ó 2 GM no son válidos.
10.4 Resultados para MIF en torneos con menos de 3 MIF ó 2 de los siguientes no son válidos: GM, MI, GMF o jugadores clasificados con 2300 ó superior.
10.5 Al menos, un resultado para título debe estar basado en un Torneo Round-Robin o en una Olimpiada. En otro caso, la aplicación para el título debe estar basada en, al menos, 30 partidas.
10.51 Las regulaciones 1.16, 1.17, 1.18, 1.27, 1.45, 1.46 y 1.56 que se refieren a resultados de 9 partidas son considerardos como resultados por Sistema Suizo.
10.6 Al menos, un resultado para título debe ser obtenido en una competición que no tenga más de una ronda diaria.
10.7 Los resultados que soporten una aplicación para título deben ser conseguidas en torneos cuyas fechas de comienzo no exceden de un periodo de seis años16.
Las excepciones decididas por la Comisión de Calificación pueden ser recomendadas a la Asamblea General.
10.8 Si un resultado es suficiente para más de un título, podrá ser usado como parte de la aplicación para ambos.
10.9 Un jugador que ha conseguido un resultado para título antes de la última ronda puede ignorar todas las partidas jugadas posteriormente. En tal caso, el Arbitro Principal certificará el resultado del jugador como un resultado válido.
10.10 Cuando un jugador exceda de los requerimientos para la norma en uno, dos o tres puntos completos, entonces la longitud del torneo se considera como extendido ese número de partidas cuando se contabilice el número total de partidas para 1.11, 1.21, 1.41, 1.51.
10.11 Un resultado para título será válido si se obtiene de acuerdo con las Regulaciones para Títulos Internacionales existentes en el momento del Torneo donde se obtiene la Norma.
10.12 Los Torneos que hagan cambios en favor de uno ó más jugadores (por ejemplo, alterando el número de Rondas) en pos de títulos o clasificación no serán aceptados.
11.0 CLASIFICACION DEL TORNEO
Para determinar la clasificación de un Torneo, se determina la media de clasificaciones de los jugadores. Las categorías de Torneos Internacionales para Títulos (ITT) se indican en la siguiente tabla. Esta indica el porcentaje mínimo de la puntuación que se requiere para alcanzar el resultado cuando se juegue en esa categoría.
11.1 La media de las clasificaciones es el total de las clasificaciones de los jugadores (incluyendo el candidato al título) dividido por el número de los jugadores.
11.2 La media de las clasificaciones es redondeada al más cercano número entero. La fracción 0.5 es redondeada al entero superior.
|
Media Clasificacion |
Categoría |
Categoría Fem. |
Resultado GM17 |
Resultado MI |
Resultado GMF |
Resultado MIF |
|
2051-2075 |
|
1W |
|
|
|
76 |
|
2076-2100 |
|
2W |
|
|
|
73 |
|
2101-2125 |
|
3W |
|
|
|
70 |
|
2126-2150 |
|
4W |
|
|
|
67 |
|
2151-2175 |
|
5W |
|
|
|
64 |
|
2176-2200 |
|
6W |
|
|
|
60 |
|
2201-2225 |
|
7W |
|
|
76 |
56 |
|
2226-2250 |
|
8W |
|
|
73 |
53 |
|
2251-2275 |
1 |
9W |
|
76 |
70 |
50 |
|
2276-2300 |
2 |
10W |
|
73 |
67 |
47 |
|
2301-2325 |
3 |
11W |
|
70 |
64 |
44 |
|
2326-2350 |
4 |
12W |
|
67 |
60 |
40 |
|
2351-2375 |
5 |
13W |
|
64 |
56 |
36 |
|
2376-2400 |
6 |
14W |
|
60 |
53 |
33 |
|
2401-2425 |
7 |
15W |
76 |
56 |
50 |
30 |
|
2426-2450 |
8 |
16W |
73 |
53 |
47 |
|
|
2451-2475 |
9 |
|
70 |
50 |
44 |
|
|
2476-2500 |
10 |
|
67 |
47 |
40 |
|
|
2501-2525 |
11 |
|
64 |
44 |
36 |
|
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2526-2550 |
12 |
|
60 |
40 |
33 |
|
|
2551-2575 |
13 |
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56 |
36 |
30 |
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2576-2600 |
14 |
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53 |
33 |
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2601-2625 |
15 |
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50 |
30 |
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2626-2650 |
16 |
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47 |
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11.3 Las hojas 11.31 y 11.32 resumen las puntuaciones necesarias dependiendo del número de rondas.
12.0 PROCEDIMIENTO DE APLICACIÓN
12.1 Los formularios de aplicación para los títulos indicados en 0.31 y 0.32 es incluída al final. Las aplicaciones para estos títulos deben ser preparadas en estos formularios y toda la información requerida enviada junto con la aplicación.
12.2 Cualquier aplicación para un título debe ser remitida a la comisión calificacadora que resulte apropiada por la federación del solicitante. La federación nacional es responsable del pago. Las aplicaciones solamente serán consideradas por el Congreso de la FIDE, Consejo Ejecutivo o Junta del Presidente si es recibido por la comisión calificadora al menos 60 días antes de la reunión y es publicada en cartas circulares de la FIDE.
12.3 Las aplicaciones recibidas en la Secretaría de la FIDE en Lausana despues de un retraso mayor de 60 días deberán cargarse con un suplemento del 50 % mientras que las que lleguen a la sede del Congreso serán cargadas con el doble del pago estandar.
1 La Asamblea General de la FIDE de Curitiba (1993) aprobó la modificación de sus Comisiones Permanentes, quedando dividida la Comisión de Calificación en dos Subcomisiones, el Comité de Títulos y Rating y el Consejo de Árbitros.
2 Ver 1.22
3 Los requisitos para el título de Experto en Ajedrez Rápido se reflejan bajo el epígrafe B.05 del Handbook FIDE.
4 Arbitro Internacional y Organizdor Internacional.
5 Las lenguas oficiales de la FIDE son : árabe, ingles, francés, alemán, portugués, ruso y castellano (Art. 14.2 de los Estatutos de la FIDE, Handbook FIDE 1995 A.01).
6 Las lenguas oficiales de la FIDE son : árabe, ingles, francés, alemán, portugués, ruso y castellano (Art. 14.2 de los Estatutos de la FIDE, Handbook FIDE 1995 A.01).
7 B.03 es el Reglamento del Registro FIDE de Competiciones Internacionales.
8 Ver 0.33.
9 Ver 0.34.
10 Reglamento del Sistema de Clasificación de la FIDE.
11 Ver Art. 2.5 de los Estatutos de la FIDE (FIDE Handbbok, A.01) para los motivos de exclusión temporal.
12 De acuerdo con B.03.
13 Evidentemente, se refiere a que no puntuan en la clasificación final del Torneo, no en el resultado particular contra el jugador candidato.
14 Ver 10.62 y 10.21b del Reglamento del Sistema de Clasificación de la FIDE (B.02).
15 Esto implica que en Torneos a doble vuelta por Round Robin de, por ejemplo, 6 jugadores no valga con tener 2 GM (2GM x 2 vueltas =4), sino que sea necesario tener 3 GM.
16 Esto es, entre la primera y la última norma no podrá haber más de seis años.
17 Expresado en porcentaje.
Reglamento Títulos Internacionales de la F.I.D.E.