FEDERACION COLOMBIANA
DE AJEDREZ
COMISION
DISCIPLINARIA
Resolución 002/2008
Abril 10 de 2.008
Por medio de
la cual se impone sanción a un jugador y se hace llamado publico de atención a
otro
ASUNTO: INFRACCION CODIGO DE ETICA DE
LA FIDE Y DISCIPLINARIO DE LA FEDERACION COLOMBIANA DE AJEDREZ, DURANTE LA
CELEBRACION DEL PRIMER TORNEO CLASIFICATORIO DE MAYORES ABSOLUTO Y FEMENINO -
BOGOTA – MARZO 2.008
INVESTIGACION DISCIPLINARIA
A JUGADORES
INVESTIGADOS: JUAN MANUEL CADENA (Liga de Boyacá)
ELENA
GOMEZ (Liga de
Cundinamarca)
LUGAR: Sede de
la Liga de Ajedrez de Bogotá
La
Comisión Disciplinaria de
Para
efectos de la reunión se nombran por unanimidad como Presidente al señor JAIME
ADOLFO PARDO FORERO y como Secretario al señor JULIO ERNESTO MEJIA.
ANTECEDENTES:
1.
El Arbitro Principal del Torneo Absoluto, y el
Director General, presentan a
2.
El Arbitro Principal del Torneo Absoluto y el Director
del Torneo impusieron previamente como sanción disciplinaria dentro del Torneo,
sanción consistente en no permitir que la partida se adelante y declarar
perdida la partida por parte de los presuntos infractores y a favor de los
rivales con los que se les había pareado, además de no permitir la permanencia
de los jugadores dentro de las instalaciones en las que se desarrollaba el
Torneo.
3.
La jugadora Elena Gómez presentó recurso de apelación
escrito contra esta decisión pero no sufrago los costos de este recurso en los
términos de
4.
Finalmente los jugadores pudieron jugar las rondas
restantes del Torneo.
DESCARGOS DE JUGADORES
Enterada
de los acontecimientos y estando presentes en las instalaciones del Torneo lo
Miembro de esta Comisión, en reunión extraordinaria, el día 23 de Marzo de
2.008, abren investigación y citan a los jugadores involucrados para que rindan
descargos y manifiesten frente a los hechos antes expuestos su opinión, defensa
y oposición si lo estiman, a lo que manifestaron:
JUGADOR JUAN CADENA
El
jugador expresa su responsabilidad, reconoce haber ingerido “aguardiente” y en
estado “borracho”, e igualmente pide excusas por su comportamiento,
especialmente por el hecho de haber niños en el Certamen.
Reconoce
haber estado acompañado de la jugadora Elena Gómez pero recalca que ella solo
lo acompaño, que no tomo aguardiente y solo se tomo dos cervezas.
Manifiesta
igualmente no haber sido sancionado previamente por hechos similares.
JUGADORA ELENA GOMEZ
Manifiesta
que no estaba bajo influencia de licor el día de la partida correspondiente a
Dice
que el jugador Cadena es un mentiroso ya que ella solo lo acompaño y que eso le
pasaba por ser buena gente.
Ratifica
que interpuso recurso de apelación por la sanción impuesta por el Comité de
Apelaciones del Torneo, pero que desistió por no tener los recursos para pagar
la suma TREINTA Y CINCO MIL PESOS ($ 35.000,oo), para
dar trámite a este recurso.
CONSIDERACIONES DE
1.
Que es claro el reconocimiento de su falta, expresado
por el jugador Juan Cadena, respecto de su responsabilidad en cuanto a las
conductas y hechos que configuran la solicitud de investigación elevada por el
Comité de Apelaciones del Torneo y por el Secretario General de
2. Que
la ingesta de alcohol constituye una clara violación del Código Disciplinario
de
3.
Que no es claro que la jugadora Esperanza Gómez haya
incurrido en ingestión de alcohol, a pesar de las afirmaciones del otro jugador
involucrado, no obstante si patrocinó y permitió que un jugador incurriera en
esta conducta sin hacer nada para evitarlo y sin que su conducta sea clara.
4.
Que esta conducta es igualmente reprochable
Con
base en los antecedentes y consideraciones antes citadas esta Comisión:
RESUELVE:
PRIMERO: SANCIONAR al jugador de
SEGUNDO: Hacer un LLAMADO PUBLICO DE
ATENCION a la jugadora de
TERCERO: NOTIFICAR a los jugadores
involucrados a través de sus respectivas Ligas a las que están afiliados.
CUARTO: Oficiar a
QUINTO: Contra esta Resolución procede
Recurso de Reposición ante este Ente, que deberá presentarse dentro de los tres
(3) días siguientes a la notificación de este Acto y Recurso de Apelación ante
Notifíquese,
JAIME ADOLFO PARDO JULIO ERNESTO MAJIA
Presidente Secretario