FEDERACION COLOMBIANA DE AJEDREZ
COMISION DISCIPLINARIA
Resolución 006/2008
Julio 25 de 2.008
Por medio de
la cual se abre investigación a un Deportista
ASUNTO: QUEJA Y SOLICITUD DE
INVESTIGACION PRESENTADA POR UN DIRIGENTE CONTRA EL DEPORTISTA ALFREDO PEÑA
INVESTIGADOS: ALFREDO PEÑA
LUGAR: Instalaciones
Liga de Ajedrez de Bogotá
La Comisión
Disciplinaria de la Federación Colombiana
de Ajedrez, integrada por los señores ARGEMIRO
RODRIGUEZ, JULIO ERNESTO MEJIA GONZALEZ y JAIME ADOLFO PARDO FORERO, declarados en reunión, procede la Comisión a
estudiar la viabilidad de iniciar Investigación Formal contra el deportista
Alfredo Peña por los hechos citados en la Denuncia.
Para
efectos de la reunión se nombran por unanimidad como Presidente al señor JAIME
ADOLFO PARDO FORERO y como Secretario al señor JULIO ERNESTO MEJIA.
ANTECEDENTES:
1.
El señor JUAN CARLOS SOTO CONSUEGRA,
presenta queja formal para que se investigue el comportamiento del deportista ALFREDO
PEÑA, del registro de la Liga
de Atlántico, por su comportamiento durante la celebración del Torneo
Panamericano de la Juventud
celebrado en Córdoba Argentina.
2.
Se refiere a: “(…) Me he quedado sorprendido de la falta de patriotismo y
sentido de pertenencia de nuestro representante Alfredo Peña Hernández quien
estuvo presente sin su uniforme distintivo Colombiano y más aun con unos
audífonos en un acto bochornoso y falta de respecto para con los asistentes y
mal ejemplo para las nuevas generaciones (…).”
3.
El Comité Ejecutivo de la Federación
Nacional de Ajedrez corre traslado a la Comisión
Disciplinaria de la queja formulada, absteniéndose de emitir
juicios de valor respecto del contenido de la misma.
CONSIDERACIONES DE LA COMISION
Para entrar a
Resolver sobre la viabilidad de la
Apertura de Investigación o el Archivo del Proceso, esta
Comisión Considera:
1. Que
la Ley 49 de
1.993 y el Acuerdo 001 de 2.001 contentivo este del Régimen Disciplinario de
FECODAZ, contempla las facultades de los Tribunales Deportivos, hoy Comisión
Disciplinaria, para conocer de oficio o mediante queja, de las infracciones
Disciplinarias.
2.
Que de acuerdo con la documentación aportada y aquella
que reposa en archivos fotográficos publicado por Internet, esta Comisión
encuentra viable abrir Investigación contra EL DEPORTISTA.
Con base en los
antecedentes y consideraciones antes citadas esta Comisión:
RESUELVE:
PRIMERO: Abrir
Investigación formal contra el Deportista ALFREDO PEÑA.
SEGUNDO:
NOTIFICAR, por intermedio de la Federación
Nacional de Ajedrez, para que presente los descargos que estime
pertinentes y allegue las pruebas que pretenda hacer valer dentro del término
de diez (10) días, a la
Carrera 14 No. 76-25 de Bogotá, vía e-mail al correo cd_fecodaz@hotmail.com o a la Federación
Colombiana de Ajedrez., a nombre de la Comisión
Disciplinaria – Jaime Adolfo Pardo.
TERCERO:
Solicitar al Delegado de la
Federación Colombiana de Ajedrez un informe
en relación con los hechos objeto de investigación.
TERCERO:
INFORMAR a la Federación
Colombiana de Ajedrez la apertura de esta investigación,
advirtiendo que el inició de la investigación no constituye decisión alguna,
que los Miembros de esta Colisión Disciplinaria no están facultados para emitir
juicios, opiniones o consejos a ninguno de los interesados, y que la decisión final
que determine la Comisión Disciplinaria será oportunamente
notificada a las partes y a la Federación una vez evacuadas todas las etapas
procesales y escuchadas las partes respetando el debido Proceso.
Esta Comisión
autoriza con las anteriores precisiones la publicación de esta Resolución.
CUARTO:
ADVERTIR a las partes que por economía Procesal y ante la dificultad evidente,
las notificaciones se surtirán por correo Certificado enviado a través de la Federación
Colombiana de Ajedrez, y anexando copia de esta Resolución,
copia de la queja presentada y sus anexos; que serán consideradas como pruebas
testimoniales aquellos documentos escritos o enviados vía fax o email, anexadas
y suscritas por personas vinculadas al ajedrez cuya identidad sea verificable
por esta Comisión, radicadas antes de los diez (10) días siguientes a la
notificación y publicación de esta Resolución.
Notifíquese,
JAIME ADOLFO PARDO JULIO ERNESTO MEJIA
Presidente Secretario