FEDERACION COLOMBIANA DE AJEDREZ

COMISION DISCIPLINARIA

Resolución 006/2008

Julio 25 de 2.008

Por medio de la cual se abre investigación a un Deportista

ASUNTO:                  QUEJA Y SOLICITUD DE INVESTIGACION PRESENTADA POR UN DIRIGENTE CONTRA EL DEPORTISTA ALFREDO PEÑA

                       

INVESTIGADOS:    ALFREDO PEÑA

LUGAR:                    Instalaciones Liga de Ajedrez de Bogotá

 

La Comisión Disciplinaria de la Federación Colombiana de Ajedrez, integrada por los señores ARGEMIRO RODRIGUEZ, JULIO ERNESTO MEJIA GONZALEZ y JAIME ADOLFO PARDO FORERO,  declarados en reunión, procede la Comisión a estudiar la viabilidad de iniciar Investigación Formal contra el deportista Alfredo Peña por los hechos citados en la Denuncia.

Para efectos de la reunión se nombran por unanimidad como Presidente al señor JAIME ADOLFO PARDO FORERO y como Secretario al señor JULIO ERNESTO MEJIA.

ANTECEDENTES:

1.    El señor JUAN CARLOS SOTO CONSUEGRA, presenta queja formal para que se investigue el comportamiento del deportista ALFREDO PEÑA, del registro de la Liga de Atlántico, por su comportamiento durante la celebración del Torneo Panamericano de la Juventud celebrado en Córdoba Argentina.

2.    Se refiere a: “(…) Me he quedado sorprendido de la falta de patriotismo y sentido de pertenencia de nuestro representante Alfredo Peña Hernández quien estuvo presente sin su uniforme distintivo Colombiano y más aun con unos audífonos en un acto bochornoso y falta de respecto para con los asistentes y mal ejemplo para las nuevas generaciones (…).”

3.    El Comité Ejecutivo de la Federación Nacional de Ajedrez corre traslado a la Comisión Disciplinaria de la queja formulada, absteniéndose de emitir juicios de valor respecto del contenido de la misma.

CONSIDERACIONES DE LA COMISION

Para entrar a Resolver sobre la viabilidad de la Apertura de Investigación o el Archivo del Proceso, esta Comisión Considera:

 

1.    Que la Ley 49 de 1.993 y el Acuerdo 001 de 2.001 contentivo este del Régimen Disciplinario de FECODAZ, contempla las facultades de los Tribunales Deportivos, hoy Comisión Disciplinaria, para conocer de oficio o mediante queja, de las infracciones Disciplinarias.

 

2.    Que de acuerdo con la documentación aportada y aquella que reposa en archivos fotográficos publicado por Internet, esta Comisión encuentra viable abrir Investigación contra EL DEPORTISTA.

 

Con base en los antecedentes y consideraciones antes citadas esta Comisión:

 

RESUELVE:

PRIMERO: Abrir Investigación formal contra el Deportista ALFREDO PEÑA.

 

SEGUNDO: NOTIFICAR, por intermedio de la Federación Nacional de Ajedrez, para que presente los descargos que estime pertinentes y allegue las pruebas que pretenda hacer valer dentro del término de diez (10) días, a la Carrera 14 No. 76-25 de Bogotá, vía e-mail al correo cd_fecodaz@hotmail.com o a la Federación Colombiana de Ajedrez., a nombre de la Comisión Disciplinaria – Jaime Adolfo Pardo.

 

TERCERO: Solicitar al Delegado de la Federación Colombiana de Ajedrez un informe en relación con los hechos objeto de investigación.

 

TERCERO: INFORMAR a la Federación Colombiana de Ajedrez la apertura de esta investigación, advirtiendo que el inició de la investigación no constituye decisión alguna, que los Miembros de esta Colisión Disciplinaria no están facultados para emitir juicios, opiniones o consejos a ninguno de los interesados, y que la decisión final que determine la Comisión Disciplinaria será oportunamente notificada a las partes y a la Federación una vez evacuadas todas las etapas procesales y escuchadas las partes respetando el debido Proceso.

 

Esta Comisión autoriza con las anteriores precisiones la publicación de esta Resolución.

 

CUARTO: ADVERTIR a las partes que por economía Procesal y ante la dificultad evidente, las notificaciones se surtirán por correo Certificado enviado a través de la Federación Colombiana de Ajedrez, y anexando copia de esta Resolución, copia de la queja presentada y sus anexos; que serán consideradas como pruebas testimoniales aquellos documentos escritos o enviados vía fax o email, anexadas y suscritas por personas vinculadas al ajedrez cuya identidad sea verificable por esta Comisión, radicadas antes de los diez (10) días siguientes a la notificación y publicación de esta Resolución.

 

Notifíquese,

 

 

 

         JAIME ADOLFO PARDO                                         JULIO ERNESTO MEJIA

                        Presidente                                                               Secretario