RESOLUCIÓN  Nº 43

Octubre 1º  de 2008

 

POR MEDIO DE LA CUAL SE DA PLAZOS PARA LA COMPRA DE TIQUETES A ALEMANIA Y OTROS

El órgano de administración de la Federación Colombiana de Ajedrez, en uso de sus atribuciones legales y estatutarias, y,

 

CONSIDERANDO:

Acercandose la fecha para la Visa de Alemania y considerando que no se han comprado los tiquetes respectivos y que en el comité  ejecutivo del 1º de Octubre 2008 se tomaron estas decisiones y otras del fuero de la  Federación Colombiana de Ajedrez.

 

RESUELVE:

 

ARTICULO PRIMERO: PLAZOS PARA LA COMPRA DE TIQUETES PARA LA OLIMPIADA DE ALEMANIA.

La Embajada Alemana ha citado a todo el equipo Colombiano a la Olimpiada en Dresden Alemania para el día 14 de octubre a las 8 A.M en Bogotá y allí cada integrante deberá llevar todos los documentos requeridos , incluyendo fotos, pasaportes, y $169,000 del valor de la VISA SCHENGEN , además del Tiquete hasta Dresden, por tal motivo Fecodaz da plazo a la Liga del Valle para la compra de los 10 Tiquetes hasta Dresden, comprometidos en deudas con FECODAZ hasta el Miércoles 8 de Octubre. En caso de que la Liga del Valle no tenga los tiquetes comprados para dicho día, las Ligas a las que pertenezcan los integrantes del equipo, deberán comprarlos con cargo a la Liga del Valle, si el viernes 10 de Octubre no se reciben en Fecodaz por lo menos 4 tiquetes por Rama, FECODAZ cancelara la participación en la Olimpiada del respectivo equipo, ya que COLDEPORTES anuncio que no tiene posibilidad por este año de la adición prometida para la Olimpiada y para el Subzonal.


ARTICULO SEGUNDO: CANCELACIÓN PARTICIPACIÓN JUEGOS DE LA MENTE BEIJING

Debido a que los patrocinadores Chinos de los tiquetes los Angeles-Beijing no cumplieron con lo prometido Fecodaz cancela la participación en dicho evento.


ARTICULO TERCERO: CANCELACIÓN GP IRT AGUAZUL

Al vencerse el plazo para presentar la reserva presupuestal por parte de los organizadores, Fecodaz cancela dicho torneo dentro de su calendario.


ARTICULO CUARTO SUSPENSIÓN LIGAS

Al no asistir a dos Asambleas consecutivas Fecodaz envía a la Comisión Disciplinaria para su suspensión de acuerdo a los estatutos a las Ligas de META, SUCRE y CORDOBA


ARTICULO QUINTO REQUERIMIENTO PUBLICO A ÁRBITROS

Fecodaz hace un requerimiento publico a los Árbitros AN Jose Sarmiento de Bogota Nal Amateur y al AAN Correa de Caldas Nacional Senior por no haber remitido los cuadros del torneo a ELO Nacional dentro de los 3 días siguientes, en caso de que el día 6 de Octubre Elo Nacional no haya recibido el reporte de los torneos , Fecodaz llevara los casos a la Comisión Disciplinaria.


ARTICULO SEXTO REQUERIMIENTO PUBLICO A ORGANIZADORES TORNEOS GP

Fecodaz hace un requerimiento público a los Señores Rolando Renteria Valle GP Jamundi y Otoniel Trujillo Bogota GP Agua de Dios por no haber consignado en la cuenta de Fecodaz la totalidad de los fondos correspondientes al Grand Prix por dichos torneos y les da plazo hasta el 10 de Octubre, en caso contrario, Fecodaz llevara los casos a la Comisión Disciplinaria.


ARTICULO SEPTIMO RETIRO DE JUGADOR DE UN GP

Fecodaz enviara a la comisión disciplinaria el caso del Jugador de Cundinamarca Narvaez Faber, por el retiro sin justificación del GP de Dorada, de acuerdo al Código de ética de la Fide y el Código Disciplinario de FECODAZ que dan una suspensión de 1 a 3 años, ya que esta conducta perjudica los jugadores con que haya jugado antes de retirarse.


ARTICULO OCTAVO PLAZO PARA DEUDAS DE LIGAS Y JUGADORES

Fecodaz da plazo hasta el 30 de Octubre 2008 a las Ligas con deudas pendientes con Fecodaz , en caso contrario serán suspendidas automáticamente y no podrán participar en los juegos Nacionales de San Andres

A los jugadores con deudas de Inscripciones o prestamos en torneos Internacionales, Fecodaz les da plazo de ponerse al día hasta el 30 de Octubre 2008 en caso contrario no podrán jugar ningun torneo oficial hasta tanto no se pongan al día. FECODAZ publicara el Listado el 31 de Octubre.


ARTICULO NOVENO REQUERIMIENTO PUBLICO A JUGADORES Y PADRES Fecodaz hace un requerimiento publico a jugadores y padres, que no siguen los procedimientos para sus solicitudes a Fecodaz por intermedio de las Ligas y les recuerda que las Presiones indebidas realizadas a miembros del Comité o De la Comisión Disciplinaria o las publicaciones en la prensa o declaraciones en la Radio o en Internet o en cualquier medio de comunicación de acuerdo al Código de Ética de la FIDE y al Código disciplinario de Fecodaz que afecten el buen nombre de Fecodaz o de sus miembros , serán oficializadas a la Comisión Disciplinaria a partir de la Fecha para su penalización respectiva.

Fecodaz recuerda que la Comisión Disciplinaria es un órgano de Apelación en Segunda Instancia a decisiones Arbitrales y de Juzgamiento de conductas y no es un ente Coadministador ni de Ligas ni de Fecodaz, por lo tanto no se debe acudir a ellos para cambiar las resoluciones respectivas en conformidad con la ley 49 del Deporte y las leyes de la República 845 del 2003 y a la Ley 1207 del 2008.


La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición y deroga los apartes de las resoluciones que le sean contrarias.

 

COMUNIQUESE Y CUMPLASE

 

 


Oswaldo Ceballos Burbano                        José Orlando Ruiz Jasbon

Presidente                                        Secretario